Declaración responsable del sistema informático de facturación
Conforme al artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; al artículo 13 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y al artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.
1. Sistema informático
| Nombre | Marcha |
|---|---|
| Código identificador (IdSistemaInformatico) | MA |
| Versión | 1.0 |
| Modalidad | Exclusivamente «VERI*FACTU»: el sistema solo puede funcionar remitiendo los registros de facturación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. |
| Obligados tributarios | Sí: un mismo sistema puede ser utilizado por varios obligados tributarios. Cada uno tiene su propia cadena de registros, su numeración, sus datos fiscales y su certificado, separados de los demás. |
2. Componentes
Software. Aplicación web que se presta como servicio (SaaS), compuesta por: la aplicación que usan el negocio y sus clientes en el navegador (carta digital, pedidos, cocina, sala, caja, panel de gestión y ticket digital); un servidor de aplicación que genera los registros de facturación y los remite a la AEAT autenticándose con el certificado electrónico del obligado tributario; y una base de datos PostgreSQL donde se conservan las facturas y los registros. Se ejecuta en servidores de Google Cloud y Supabase situados en la Unión Europea.
Hardware. No requiere hardware específico. Se usa desde cualquier ordenador, tableta o teléfono con un navegador actualizado. De forma opcional, el ticket se imprime en impresoras térmicas de tickets (ESC/POS o Star CloudPRNT).
3. Funcionalidades de facturación
- Expedición de una factura simplificada (F2) por cada venta cobrada: en la caja, desde el móvil del cliente, en pedidos pagados al pedir y en pedidos para llevar.
- Expedición, a petición del cliente, de factura completa en sustitución de la simplificada (F3), con sus datos fiscales.
- Facturas rectificativas por diferencias (R5) cuando se devuelve total o parcialmente un pago, y registros de anulación.
- Numeración correlativa por serie y ejercicio para cada obligado tributario.
- Generación, en el momento de la expedición, del registro de facturación de alta o de anulación con su huella (SHA-256) encadenada al registro anterior del mismo obligado tributario, según las especificaciones técnicas de la AEAT.
- Código QR tributario y leyenda «VERI*FACTU» en la factura impresa y en la electrónica.
- Remisión automática y continuada de los registros a la AEAT por servicio web, respetando el tiempo de espera que esta indique, con reintento de los envíos no aceptados.
- Integridad e inalterabilidad: las facturas y los registros no se pueden modificar ni borrar una vez generados; solo se anotan el resultado del envío y, en su caso, la sustitución o la anulación, que a su vez generan sus propios registros.
- Conservación, trazabilidad y accesibilidad de las facturas y registros durante el plazo legal, con consulta y reimpresión desde el panel del obligado tributario.
4. Firma
Al tratarse de un sistema exclusivamente «VERI*FACTU», los registros de facturación no se firman de forma individual: su autenticidad la garantiza la remisión a la AEAT por un canal autenticado con el certificado electrónico cualificado del obligado tributario o de su representante.
5. Productor
| Nombre | Marcha |
|---|---|
| Correo electrónico | hola@marcha.app |
6. Declaración
Marcha, como productor del sistema informático de facturación descrito, declara bajo su responsabilidad que dicho sistema, en la versión indicada, cumple lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre; y en las especificaciones técnicas publicadas en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Suscrita en Alicante, el 16 de octubre de 2026.
Esta declaración se mantiene accesible desde el propio sistema, en el panel de cada negocio (sección «Veri*Factu»).